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La circunstancia del insoluble problema es de origen legal. Repetto recibió una herencia familiar que convirtió en un bien mueble –un camión de reparto- a medias con su hermano. En la crisis del 2002 se les hizo imposible cumplir con pagos emergentes de la sociedad y les embargaron el camión. El magistrado actuante nombró a los hermanos Repetto depositarios del bien, con la expresa obligación de comunicar cualquier cambio de domicilio. Uno de los hermanos Repetto se mudó, se llevó el camión sin comunicar al Magistrado. El mudarse sin comunicar al Juez el cambio de domicilio y de depósito del bien hace que quienes figuran como depositarios cometan desacato o violación de la ley de prenda, un delito que se castiga con pena de prisión. El procesamiento de Jorge Repetto, como garante solidario de un bien embargado y depositado bajo su custodia, que no comunica el cambio de domicilio lo hace incurrir en el delito de desato a los términos de la sentencia judicial. El procesamiento es incompatible –éticamente- con el cargo de Director de Cultura de Canelones y habiéndolo informado al Intendente, se alejó de su cargo. |
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