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EL CORRESPONSAL

URUGUAY. A los 16 años algunos menores serán considerados mayores

URUGUAY. A los 16 años algunos menores serán considerados mayores A los 16 años algunos menores serian mayores según propone el diputado Richard Charamelo (Partido Nacional, sector Alianza Nacional). El legislador plantea al Gobierno que se estudie el Proyecto de Ley de modificación del articulo 34 del Código Penal, referente a la baja de imputabilidad penal a los 16 años de edad, para aquellos casos en los que se actúe con discernimiento, es decir con conciencia y voluntad; debido es “la aspiración de la mayoría de los Jefes de Policía de todo el país”. El texto establece que Art. 1. Modificase el articulo 34 del Código Penal, el que quedará redactado de la siguiente manera: “No es imputable quien ejecuta el hecho antes de haber cumplido los 16 años. El Juez de Menores  determinará si el mayor de 16 años y menor de 18 años ejecutó el hecho con suficiente discernimiento, en caso afirmativo se le considerará imputable, asumiendo competencia el juez en lo penal.”. El Artículo 2. En concordancia con lo dispuesto en el artículo anterior, todas las referencias a menores de 18 años contenidas en el Código Penal deberán ajustarse en su interpretación y aplicación a la modificación que establece dicha norma. Igual criterio se seguirá respecto del Código de la Niñez y de la Adolescencia El articulo 34 del Código Penal a efectos de que bajando la edad de responsabilidad penal a quien tenga 16 años si comete delito pueda ser enviado a la cárcel y no devuelto a sus padres como hasta ahora. Charamelo funda su planteo en que la “situación de inseguridad total que se encuentra nuestra población, producto del incremento constante y progresivo de la delincuencia juvenil (que aumento) en un 50% en Homicidios” esto “fueron cometidos por menores de 18 años, y (también) un 20% de las violaciones” fueron menores de edad” Explica el diputado que “tal escalada de violencia no podríamos atribuirla exclusivamente a factores coyunturales de índole económico porque siguiendo este razonamiento obtendríamos un delincuente por cada desocupado laboralmente” asegurando que “es un problema de extrema gravedad y uno de los factores que impiden a la justa y debida represión de la delincuencia juvenil lo constituye la Inimputabilidad Penal” El articulo 34 del Código Penal establece que “No es imputable el que ejecuta el hecho antes de haber cumplido la edad de 18 años”; y Charamelo piensa que llego el momento de modificar este limite etario y su proyecto se propone modificar en términos relativos. Charamelo quiere “permitir a la justicia penal ordinaria pueda asumir competencia frente a quienes no obstante su temprana edad manifiestan un estado de madurez intelectual y social compatible con la imputación jurídica de sus actos criminales. Resulta indiscutible que en la época en que se aprobó nuestro Código Penal, hace 71 años un joven de 18 años apenas había salido de la adolescencia” agregando que en aquella sociedad que lo rodeaba los ambientes que frecuentaba, los espectáculos que veía “no eran como en la actualidad propicios a considerar la violencia y el delito como ingredientes ineludibles de la vida colectiva. No existía en el país televisión con su preferencia actual por la exhibición pormenorizada de espectáculos en los que se muestra toda la gama de delitos, rodeando al que los ejecuta, las más de las veces, de una aureola de popularidad, atrayente para muchachos jóvenes”. Llego a la conclusión de que nuestra sociedad “ha sufrido cambios progresivos de pérdidas de valores, alterando sustancialmente el comportamiento de los jóvenes y de la colectividad en su conjunto. Fenómenos como la liberación y cambios en las costumbres han provocado en el joven de nuestros días la participación muy tempranamente a experiencias y modos de vida que antes se reservaban a los mayores, apresurando su estado de descreimiento, estimulado por la convivencia con los mayores” La propuesta de bajar la imputabilidad penal a los 16 años es sin caer automáticamente en la jurisdicción penal ordinaria, sino que será el Juez de Menores quien llegue a la conclusión de que el delito ha sido cometido con conciencia y voluntad, con lo cual se evita la posibilidad de castigar lo que pudiera ser una trasgresión casual. La rebaja en la edad no implicará, según Caramelo en colocar a nuestro ordenamiento jurídico en una posición de avanzada frente a otros países de América, que tienen sistemas que “fijan la imputabilidad a los 12 años” y el proyecto busca adecuarse a las realidades ya que en “materia civil con la aprobación de la ley número 16.719 sobre mayoría de edad que se abatió a 18 años” lo que antes era a los 21 años.

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