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EL CORRESPONSAL

CANELONES CAPITAL. La lista 39 impugnará la integración de la Comisión Directiva de Adeom Canelones.

CANELONES CAPITAL. La lista 39 impugnará la integración de la Comisión Directiva de Adeom Canelones.

Diario El Corresponsal informa. Wilson Gramajo, Jorge De Los Santos, Horacio Lampariello, de la lista 39, de Adeom Canelones, comunicaron públicamente  que impugnaran la integración de la Comisión Directiva de Adeom Canelones. (Vea artículo anterior en del Diario El Corresponsal pulsando aquí http://tinyurl.com/0 ). Los dirigentes de la lista impugnante señalaron “lo grave que es esto”, pues “cuando nosotros estamos ansiosos por empezar la tarea de defender los intereses de todos los trabajadores hay gente que nos pone un palo en la rueda”.  Afirmaron que “pese a quien le pese y caiga quien caiga, vamos a efectuar el cambio de los cargos vitalicios” en la Directiva de Adeom Canelones. Según la comunicación, el día viernes 2 de junio la Comisión Electoral saliente, (del sindicato Adeom Canelones) convocó a los miembros electos para el período 2006-2008, a la primera reunión en el local Sindical. Según los firmantes de la comunicación de la lista 39, “como era de esperar las listas 24 y 26 (aunque esta última no siempre), estaban de acuerdo “en seguir haciendo lo que se les antoja, y no respetar la voluntad emanada de las urnas”. La lista 39 afirma que “el informe del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social MTSS de fecha 19/05/06, presentado por la Comisión Electoral saliente, declaraba ganadores de la elección sindical a la lista 39, conteniendo el documento los nombres de los miembros de la nueva Comisión Directiva de Adeom Canelones.  El informe del asesor jurídico de Adeom Canelones, el Dr. Juan Carlos Villanueva, indicaría que “a los efectos de la elección de los miembros de la Comisión Directiva se deberá llamar a elecciones del conjunto de afiliados de Adeom Canelones y serán ellos quienes directamente elijan a sus miembros, aplicando el sistema de representación proporcional integral.” Y más adelante afirma: “Por último, la adjudicación de los cargos se realizará por el sistema de cocientes previsto en la ley 7.912, partiendo del total de votos válidos, primero por cociente entero y luego por cociente decreciente”. La lista 39 –de acuerdo a lo predicho- tiene tres cargos enteros y las otras dos listas dos cargos enteros y uno más por resto. Dicen los voceros de la lista 39, que primaron “los intereses personales, ejerciendo poder desde la mentira, la trampa, y de la asociación para cometer ilegalidades, por aquella vieja frase: amo ese sillón”. La lista 24 y dos miembros de la 26, “se pusieron de acuerdo para votar la conformación del Comisión Directiva. Esto no lo prevé el estatuto en ningún artículo” enfatizan los voceros de la lista 39. El estatuto del 29/07/1967, es el vigente a todos los efectos en Adeom Canelones y “salvo que nos estén mintiendo, trampeando o diciéndonos parte de la verdad, lo que pretendieron hacer el 02/06/06 pasado, no fue legal” afirma Gramajo. La lista 39 exigió que se votara, si era a la Comisión Directiva a quien correspondía dirimir las diferencias de interpretación estatutaria. Afirman los impugnantes que “por el Art. 21 inc. A, corresponde dicha tarea a la Asamblea Representativa”. Votaron a favor de respetar el Estatuto: Wilson Gramajo, Jorge De Los Santos, Horacio Lampariello y Juan Bellón. Habrían votado en contra Luis Barreiro, Ariel Olano, Nelson Basualdo, Víctor Cawen y la Arq. Ma. Del Carmen Baldo, esto es, afirmando que la Comisión Directiva tiene facultades para interpretar las dudas estatutarias. Según la lista 39, “a partir de ahí propusieron votar antiestatutariamente repartirse los  carguitos, debido a que perdimos el voto del integrante de la lista 26 que creíamos que nos iba acompañar nuevamente” y aclaran que “en todas las votaciones la lista 39 votó en contra de la asignación de los cargos, pues se pretendió y así se votó, dejarnos con los tres últimos cargos de vocales”.  Afirman los reclamantes de la lista 39 que se demostró falta de “vergüenza, ya que a ojos vista nuestra lista fue la que ganó, en forma democrática, como muy bien lo informó el MTSS” por lo que de inmediato se decidió según los Arts. 41 y 42 del Estatuto, impugnar la resolución por “ilegal, debiéndose decidir como quedará conformada la Directiva por la Asamblea Representativa”. Exhortan a participar y a que “los delegados electos por ustedes lleven a la Asamblea Representativa una postura definida y directa. Solo así se hará justicia.

Mientras tanto, la Directiva funcionará como votaron las listas 24 y 26 conjuntamente, pues la impugnación no suspende lo decidido (Art. 43), y sólo se anularía tal decisión mediante la Asamblea Representativa. 

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