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EL CORRESPONSAL

Juez Burella: la posición de la Intendencia de Canelones es incoherente y contradictoria

Juez Burella: la posición de la Intendencia de Canelones es incoherente y contradictoria

CANELONES (1230) Sonia del Carmen Balbiani demandó judicialmente a la IMC. Su juicio es una demanda civil por daño en la carrera funcional, más daño económico y daño moral. La demanda fue radicada en el Juzgado Letrado de 1era Instancia de Tercer Turno  (expte 459-40/2007) a cargo del Juez Letrado Dr. Walter Hugo Burella.  El Juez comunicó a la IMC la demanda, que fue respondida por los abogados de la Administración Municipal, pero paralelamente trasladó a Sonia Balbiani a la Unidad de Gestión de Necrópolis "para colaborar en un relevamiento exhaustivo de Cementerio". (foto de colección Canelones Ciudad)

Hasta ese día, la funcionaria había sido aislada en un escritorio en la IMC, sin darle ningún trabajo, además de haberse contratado dos funcionarios más para hacer su trabajo, en algunos casos pagándole horas extras, mientras la funcionaria Balbiani, contra su voluntad, seguía sentada sin hacer nada.

Al ordenarse el cambio de lugar de trabajo -de la IMC a Necrópolis- Balbiani informó a los jerarcas de que estaba siendo tratada de una infección en un pie, para que al tomar conocimiento de tal novedad, alguien dispusiera suspender el traslado, visto que el relevamiento que le encargaban implicaba desplazamientos constantes.

Contrariamente a ello, no se supendió el traslado de Balbiani, y se la envió donde se había dispuesto pero sin locomoción disponible para ir de Cementerio en Cementerio.

Ante esto Balbiani decidió pedir al Juez Burella que considerara este traslado como un hecho nuevo. El Juez Burella admite el planteo,  -que puede ser visto como una sanción ante la demanda de Balbiani- y la IMC se opone a que la Resolución del traslado sea incorporado a la demanda.

La oposición es analizada por el Juez -seguramente sorprendido por la oposición de la IMC- que expresa: "es evidente que se está ante un hecho nuevo con directa relación a la demanda planteada" por Balbiani quien sostiene que: "se violaron o desconocieron sus derechos funcionales, afectando su carrera administrativa y no es una cuestión intrascendente como se pretende hacer ver por parte de la IMC"

Y todavía más, el Juez enfatiza en su sentencia interlocutoria, que el planteo de la IMC oponiéndose a incorporar la traslado como un hecho nuevo "es incoherente y contradictorio, ya que por un lado afirma que no se está ante un hecho nuevo y que en consecuencia no debe hacerse lugar a la solicitud de intimación de agregación de la documetación, pero sin embargo -pese a ello- realiza una serie de consideraciones pretendiendo explicar o justificar el motivo del traslado, incluso agrega testimonio de parte del expediente administrativo (de Balbiani) que justamente es uno de los expedientes se ha solicitado, lo que no parece se demasiado coherente"

El Juez resolvió de todas formas tener presente el hecho nuevo (traslado de Balbiani) intimando a la IMC a que en 10 días agregue testimonio completo de los expedientes adminstrativos iniciados a la funcionaria Sonia Balbiani, Fichas: A302892 y A303519.

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