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EL CORRESPONSAL

De la derogación del IRPF y creación del IASS, dice Mahía

De la derogación del IRPF y creación del IASS, dice Mahía

MONTEVIDEO (2998) Se derogó el IRPF a los pasivos y se creará un tributo diferente para las pasividades denominado "Asistencia a la Seguridad Social" (IASS). Según el diputado Mahía esto "permitirá restaurar la igualdad ante la ley de los jubilados, además de atender rápidamente a las jubilaciones más bajas con lo que este nuevo impuesto produzca"
           
Agrega el legislador oficialista canario que "el Ministro Danilo Astori, dijo que el Ejecutivo presentará en próximos días un Proyecto de Ley que excluirá a las pasividades de los cómputos que se realizan para el cálculo del IRPF y el Impuesto a la Renta de los no residentes. Además, se establecerá un nuevo impuesto, denominado "Asistencia a la Seguridad Social", que grava ingresos por jubilaciones y pensiones en forma independiente IASS, de los gravados por el IRPF"

Asegura Mahia que "no habrá acumulación entre los ingresos gravados por el Impuesto a la Renta Personal y el nuevo impuesto, ya que son cálculos independientes, pero si un pasivo percibe varias pasividades de diversos orígenes, esas pasividades se acumulan para el cálculo del nuevo impuesto. Se trata de un impuesto por franjas, con tasas progresivas, cada tasa se aplica a cada franja, de modo de tener realmente justicia tributaria, porque quienes aparecen relativamente más gravados son los ingresos más elevados."

En relación con las franjas y las tasas, explica que "hasta 8 Bases de Prestaciones que es el equivalente a $14.200, no habrá impuesto, situándose esa cifra como Mínimo No Imponible. Aclaró que en la formulación actual, el Mínimo No Imponible son 5 Bases de Prestaciones, más una más para los pasivos por gastos de asistencia médica, con la nueva reglamentación se elevará a 8 Bases de Prestaciones. Entre 8 y 15 Bases de Prestaciones, lo que significa, entre $ 14.201 y $ 26.625, la tasa será 10%; entre 15 Bases de Prestaciones y 50 Bases de Prestaciones, $26.626 y $ 88.750, la tasa será 20%. Finalmente, para más de 50 Bases de Prestaciones al mes, que equivalen a más de $ 88.750, la tasa será de 25%."
 

Se propone "excluir a jubilaciones y pensiones del cómputo de los ingresos gravados por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto a la Renta de los No Residentes" y "se plantea el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS), que grava los ingresos por jubilaciones y pensiones en forma independiente de todos los otros ingresos del contribuyente. El total del producido del tributo se destinará a la financiación del Banco de Previsión Social, organismo clave en la consolidación del proceso de cohesión social" y finalmente "se establece un monto mínimo no imponible más elevado que el previsto para el Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas, equivalente a catorce mil doscientos pesos mensuales, al valor actual de la Base de Prestaciones y Contribuciones. La estructura de alícuotas es progresional (tasas crecientes que se aplican a cada tramo de ingresos, a partir del monto mínimo no imponible)"

TABLA EXPLICATIVA

Ingresos anuales por jubilaciones y pensiones                               Tasa

Hasta 96 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC)                 Exento

Más de 96 BPC y hasta 180 BPC                                                  10%

Más de 180 BPC y hasta 600 BPC                                                 20%

Más de 600 BPC                                                                        25%

 

4.      El equivalente en ingresos mensuales (si tuvieran el mismo ingreso en todos los meses) sería el siguiente:

 

Ingresos mensuales por jubilaciones y pensiones                           Tasa

Hasta 8 BPC Hasta $ 14.200                                                       Exento

Más de 8 BPC y hasta 15 BPC De $ 14.201 hasta $ 26.625                 10%

Más de 15 BPC y hasta 50 BPC De $ 26.626 hasta $ 88.750                20%

Más de 50 BPC Más de $ 88.750                                                    25%

 

5.      Cabe destacar que las tasas efectivas (que surgen de dividir el impuesto resultante de la aplicación de las tasas progresionales entre el total del ingreso por jubilaciones y pensiones), son sustancialmente menores a las tasas nominales, particularmente en los sectores cuyos ingresos se incorporan en los primeros tramos de la escala gravada:

 

Ingresos mensuales                      IASS                                  Tasa efectiva

$ 20.000                                 $ 580                                      2.9%

$ 30.000                                 $ 1.917,50                               6.4%

$ 40.000                                 $ 3.917,50                               9.8%

 

6.      Con el diseño propuesto, aproximadamente el 87% (605.500) de los pasivos del país (incluyendo todas las cajas de previsión social) no pagará el IASS, mientras que sólo el 13% (92.400) lo hará.

 

 

7.      Asimismo, algo más del 96% de los pasivos del país no pagarán el IASS o pagarán una tasa efectiva del impuesto menor al 5%.

 

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