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EL CORRESPONSAL

La Comuna Canaria aprobó reintegro de gastos de representación para los Ediles Locales

La Comuna Canaria aprobó reintegro de gastos de representación para los Ediles Locales

CANELONES CAPITAL (1288) A pedido del Área de Descentralización y Participación de la Comuna Canaria; la Administracion Carambula aprobó el 8 de mayo, una partida de reintegro de gastos para los Ediles Locales, en tres franjas. (ver Resolución)

El asunto se relaciona con los reintegros de los gastos de los Ediles Departamentales que recientemente fue titular en El Pais "Observan gastos de ediles" Por enésima vez el Tribunal de Cuentas observó el sistema usado por la Junta canaria para documentar los viáticos y reintegro de gastos por traslados de ediles. La Junta prevé que estos presenten una declaración jurada conteniendo estimación de kilómetros recorridos y cantidad de combustible y no se usa una rendición de cuentas con boletas de estaciones de servicio. Además el TCR cuestiona que los gastos se paguen a titulares y a suplentes.

El monto de cada Fondo Permanente del que diponen las Juntas Locales será: 1.500 (un mil quinientos pesos) para las Juntas Locales y Comisiones Especiales Honorarias: Aguas Corrientes, La Paz, Montes, Santa Lucía, Las Piedras, Paso Carrasco, Pando, Atlántida, Parque del Plata y Empalme Olmos.

En cambio será de 2.500 (dos mil quinientos pesos), para las Juntas Locales y Comisiones Especiales Honorarias: Canelones, San Jacinto, Santa Rosa, San Antonio, San Bautista, San Ramón, Tala, Migues, Soca, Salinas, Suárez, Toledo, Sauce, Los Cerrillos, Progreso y Colonia Nicolich.

Y de 3.500 (tres mil quinientos pesos) para las Juntas Locales de San José de Carrasco, La Floresta y Barros Blancos.

El 27 de octubre de 2006, sea creó un fondo permanente para cada una de las Juntas Locales y Comisiones Especiales Honorarias del departamento de Canelones. El fondo está destinado solamente a cubrir gastos -de papelería y fotocopias- en que incurran los Ediles Locales en el desempeño de las funciones.

Descentralizacion de la Comuna Canaria estimó "imprescindible propiciar el mejor desempeño de sus funciones por parte de los Ediles Locales" por lo que a esos efectos, vio "necesario resolver un mecanismo que permita el reintegro de traslados que deben realizar los ediles locales que emergen de las resoluciones del Cuerpo.

El intendente Carambula de acuerdo al "marco jurídico que establece la Constitución de la República (artículos 262, 273, 274, 275, 281, 287 y 288); y a la Ley Nº 9.515 (Ley Orgánica de los Gobiernos Departamentales) del 28 de octubre de 1935; (modificativas y concordantes)" resolvió "amplir el destino del fondo permanente creado por la Resolución n° 5005, expediente A-296264, a efectos de cubrir gastos de papelería, fotocopias y traslado de los Ediles Locales".

El gasto que genere el traslado de los Ediles Locales, "deberá responder a resoluciones adoptadas por la respectiva Junta Local o Comisión Especial Honoraria".

El dinero asignado por la Comuna Canaria "cubrirá tanto el reintegro de los boletos utilizados, como el combustible utilizado, -en este último caso- tendrá como tope, el costo por persona del boleto para el mismo desplazamiento, o el precio fijado por el MTOP para el kilómetro de ómnibus interdepartamental, por pasajero"

Será la Dirección General de Recursos Financieros quien dispondrá el pago de los Fondos Permanentes detallados precedentemente a cada una de las Juntas mencionadas.

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