Para habilitar locales bailables se exigen condiciones que, ni la propia IMC, tiene hoy
MIGUES (4152) Todo espectáculo musical que se realiza en el departamento de Canelones genera un 22 % de recaudación (por troquelado de entradas) para la Comuna Canaria. Los ediles nacionalistas Joselo Hernández y Daniel González Mesa, pidieron que se baje la presión tributaria, sobre los espectáculos bailables en el departamento. Criticaron el criterio que usa la IMC para la habilitación de locales exigiendo que cada 30 personas debe haber un baño “pero ni en el edificio de la IMC hay eso” dijo. “200 personas ven peligrar su fuente de trabajo”, afirmaron.
El porcentaje del 22% es por resolución del año 1978 (casi 30 años atrás), donde –según los ediles nacionalistas- “la realidad económica del país no era la misma. El gobierno de hoy dice que hay menos desocupados y que se están creando fuentes de trabajo pero; por otro lado, se están perdiendo fuentes de trabajo con mucha tradición”, como las reuniones bailables. El edil Hernández, analiza el movimiento económico generado por los bailes “un 60 % de la recaudación por entradas restando lo siguiente: personal (sueldos + BPS), Seguridad (222 + privada), Contratación de servicio 272 (en caso de no poseer habilitación de Bomberos), Discoteca + Disk Jockey, Bandas o grupos que asisten al espectáculo, Publicidad radio, rodante.
El Edil afirma que todo suma “como el transporte de personas, para quienes concurren de lugares alejados al espectáculo. Gasto de UTE y OSE, Alquiler (si no es propietario), Servicio de emergencia médica, Permisos ante INAU, Tramitar la Habilitación Comercial, Bromatología _ CECOHA _ Regularización de planos (si es propietario) _ Habilitación de Bomberos Además para poder contar con el servicio 222 (Habilitación Policial) se debe tener la Habilitación Comercial y de Bomberos definitiva” Afirma Hernández, que “a todo esto se le podría sumar que en los últimos meses por parte de la Dirección de Planificación Territorial y Acondicionamiento Urbano de la Comuna Canaria se están incluyendo Habilitaciones Comerciales (permisos para realizar espectáculos)”
“La capacidad máxima para cada local usando la formula, área de pista por 2 según los mismos Directores es obsoleta”, señala el edil lo que –en su opinión no se condice- “con las necesidades actuales, ya que no se relaciona con los mínimos de la Dirección Nacional de Bomberos” es decir “no tiene relación directa con la capacidad total del local, sino sólo con la pista de baile” Dice el edil Hernández que “en locales que se pueden habilitar para 500 personas se están habilitando para 250” lo que “no es rentable para los organizadores, un espectáculo bailable en esas condiciones, ya que con esa cantidad de personas no se cubrirían los gastos antes mencionados”
En las Resoluciones de la IMC que da habilitaciones comerciales de los últimos meses, se les ha incluido la capacidad máxima para los locales no ocurriendo lo mismo en las anteriores. Una inspección por parte de la Comuna no permite saber si se está en infracción o no “ya que en ningún documento se justifica la capacidad máxima pero se aplican multas en caso de pasar el limite adjudicado” enfatiza el Edil Hernández.
Concluye explicando que “los Arquitectos de la Comuna no han buscado ninguna solución”, según Hernández, a pesar de que “el tema se tocó por primera vez, el pasado viernes 2 de marzo en la media hora previa de la Junta Departamental, habiendo quedando a estudio de la misma, la temática” Actualmente para habilitar un local, cada 30 personas tiene que haber un baño “hecho que no ocurre ni en el edificio de la Intendencia de Canelones donde transitan centenares de personas y hay escasos baños” afirma el edil Hernández.
“Se está perdiendo una fuente de trabajo, (los bailes)” afirma “pues detrás de todo espectáculo bailable hay mucha gente, directa e indirectamente trabajan en todo el departamento más de 2.000 personas”. El 22 % de impuesto municipal es de la siguiente forma:-a) - 10 % impuesto municipal -b) 5 % lucha antituberculosa-c) 3 % espectáculos públicos,-d) 3 % Salud Pública,-e)1% impuesto amas y cuidadoras.-15 % de la recaudación de entradas para AGADU-23 % IVA.
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