CANELONES. Los multados en el tránsito podrán reclamar las multas ante Comisión Especial de la IMC, gratis.
La Comuna Canaria creó la Comisión Asesora de Peticiones por Multas de Tránsito con el cometido de informar y asesorar a la Dirección General de Tránsito y Transporte de la Comuna Canaria acerca de las impugnaciones presentadas por los vecinos respecto de multas aplicadas por Inspectores de Tránsito de la IMC.
Integrada por dos miembros designados por la Dirección General de Tránsito y Transporte, un miembro designado por la Comisión Especial de Asuntos Jurídicos (creada por Resolución N° 1410/05) y dos miembros designados por el Cuerpo Inspectivo. La Comisión sesionará en la forma y con la dotación de recursos humanos y materiales que instrumente la Dirección General de Tránsito y Transporte, y analizará el reclamo en 30 días a partir de la fecha de recepción del respectivo expediente, expidiéndose al respecto. La petición podrá presentarse en formularios preimpresos de los que dispondrá la Dirección General a tales efectos, o en la forma que resulte más adecuada al contribuyente.
La tasa de servicio administrativo será cero, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 30 del Decreto 10/06 de la Junta Departamental de Canelones. Los recursos administrativos que se interpongan contra las decisiones de la mencionada Comisión, deberán observar las formalidades previstas por la Ley 15869. En los casos en que el conductor sea notificado bajo firma de la infracción cometida, éste dispondrá de los plazos previstos por la Ley 15869, 10 días hábiles, a efectos de impugnar el acto administrativo correspondiente.
Integrada por dos miembros designados por la Dirección General de Tránsito y Transporte, un miembro designado por la Comisión Especial de Asuntos Jurídicos (creada por Resolución N° 1410/05) y dos miembros designados por el Cuerpo Inspectivo. La Comisión sesionará en la forma y con la dotación de recursos humanos y materiales que instrumente la Dirección General de Tránsito y Transporte, y analizará el reclamo en 30 días a partir de la fecha de recepción del respectivo expediente, expidiéndose al respecto. La petición podrá presentarse en formularios preimpresos de los que dispondrá la Dirección General a tales efectos, o en la forma que resulte más adecuada al contribuyente.
La tasa de servicio administrativo será cero, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 30 del Decreto 10/06 de la Junta Departamental de Canelones. Los recursos administrativos que se interpongan contra las decisiones de la mencionada Comisión, deberán observar las formalidades previstas por la Ley 15869. En los casos en que el conductor sea notificado bajo firma de la infracción cometida, éste dispondrá de los plazos previstos por la Ley 15869, 10 días hábiles, a efectos de impugnar el acto administrativo correspondiente.
1 comentario
Diana Szteren -
Por favor suplico una respuesta si es posible. O tampoco contestan las consultas?
Gracias! espero alguna resolución lo antes posible.