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EL CORRESPONSAL

Sigue la sustitución de Jueces en sedes canarias

Sigue la sustitución de Jueces en sedes canarias

Montevideo (1002) Pulse aquí, para oir la noticia completa. Continúa el recambio de los magistrados de las sedes judiciales canarias. Hoy miércoles 9 de abril a las 17.00 horas -ante la Suprema Corte de Justicia- 12 jueces prestan juramento y asumen sus nuevos cargos, algunos en el territorio de Canelones: Pando y la 9na de Canelones tendrán nuevos magistrados a partir de hoy.

Se va la Dra. Susana Aída Moll Inciura de su función como Juez de Paz Deptal. de Pando (2º Turno) ya que fue designada Juez Letrado de 1º Instancia de Río Branco de  1º Turno, en vía de ascenso y ocupa su lugar la Dra. María Gabriela Rodríguez Fagián (antes Juez de Paz Deptal. de Treinta y Tres) que fue designada Juez de Paz Departamental de Pando de 2º Turno, en vía de traslado.
 
El Dr. Marcelo Walter Malvar Juncal (antes Juez de Paz de la 9º Sección Judicial de Canelones) fue designado Juez de Paz Deptal. de Cerro Largo de 2º Turno, en vía de ascenso.

La Suprema Corte hizo saber que los ascensos de los magistrados: Dres. Juan José Benítez Caorsi y María del Carmen Stombellini fueron dispuestos en mérito a su antigüedad y correcto desempeño; y respecto de los magistrados: María Isabel Rodríguez, Rossana Martínez, Marcelo Malvar y María Eugenia Ferrer, lo fueron en ausencia de informes desfavorables y objeciones.

La ceremonia anunciada esta mandanda por el art. 77 de la ley 15.750 de 24 de junio de 1985, según el cual los jueces no podrán ejercer el cargo hasta haber sido puestos en posesión del mismo en acto público, en el que deberán jurar el fiel cumplimiento de sus deberes.

El art. 78 de la misma ley establece que el ingreso a la carrera judicial se hará por los cargos de menor jerarquía, salvo en casos excepcionales de ciudadanos destacados por su notoria versación jurídica.

Los jueces son absolutamente independientes en el ejercicio de la función jurisdiccional e inamovibles por todo el tiempo que dure su buen comportamiento (art.84 ley 15.750) y compete a la Suprema Corte establecer el orden de los ascensos y de los traslados entre los distintos tribunales (art. 96 ley 15.750).

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